Para conducir por las carreteras del Ecuador conocer la Ley de Tránsito del Ecuador 2020, ya que puedes encontrarte que cometes una infracción de tránsito. Y ni siquiera saber que infracción cometiste. Así que cuando tengas el ticket de la contravención puedes consultar en Contravenciones Ley de Tránsito del Ecuador 2020 para que conozcas las sanciones económicas y reducción de puntos que tienes.
Asimismo, es bueno que conozcas las contravenciones de tránsito que existen en Ecuador, para que procures cometer estas infracciones. Por esa razón te presentamos este resumen de las contravenciones de tránsito del Ecuador 2020.
Existen varios artículos de contravenciones, aquí te detallaremos los artículos, multas, sanciones y reducción de punto, te contamos a continuación cada artículo:
Contravención Art. 383
El art. 383 habla especificamente de conducir vehículos con llantas en mal estado. Por esta razón los conductores que conduzca un vehículo cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado.
Sanción
Esta persona tendrá una sanción de pena privativa de libertad de cinco a quince días y disminución de cinco puntos en la licencia de conducir. En caso de estar conduciendo un vehículo de transporte público, la pena será el doble de la prevista en el inciso anterior. Además se retendrá el vehículo hasta superar la causa de la infracción.
Contravención Art. 384
El art. 384 de las Contravenciones de la Ley de Tránsito del Ecuador, sanciona netamente a choferes que conduzcan vehículos bajo efecto de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan. De esta manera los conductores que estén bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, serán sancionados.
Sanción
La sanción que reciban los conductores por incumpliento al art. 384 es la reducción de quince puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de libertad. Asimismo, como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas
Contravención Art. 385
El art. 385 sanciona por la conducción de vehículo en estado de embriaguez, es decir que la persona que conduzca un vehículo en estado de borrachera, será sancionada de acuerdo con la siguiente escala.
Infracciones
- Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos, se aplicará multa de un Sueldo Básico Unificado (SBU Ecuador 2020), pérdida de cinco puntos en su licencia de conducir y cinco días de privación de libertad.
- Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos, se aplicará multa de dos Sueldo Básico Unificado (SBU Ecuador 2020), pérdida de diez puntos en su licencia de conducir y quince días de privación de libertad.
- Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se aplicará multa de tres s Sueldo Básico Unificado (SBU Ecuador 2020), la suspensión de la licencia por sesenta días y treinta días de privación de libertad.
Sanción
Para los conductores de vehículos de transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, la tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o preparado que las contengan es cero y un nivel máximo de alcohol de 0,1 gramos por cada litro de sangre.
Si una persona que este conduciendo excede 0,1 gramo por litro de sangre, la sanción para el responsable será, pérdida de treinta puntos en su licencia de conducir y pena privativa de libertad de noventa días. Además, en todos estos casos, como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas.
Contravención Art. 386
El art. 36 es una de las contravenciones Ley de Tránsito del Ecuador de primera clase. Será sancionado con pena privativa, multa económica y reducción de puntos en su licencia de conducir:
Infracciones
- La persona que conduzca un vehículo sin haber obtenido licencia.
- La o el conductor que falte de obra a la autoridad o agente de tránsito
- El chofer que con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente.
- La o el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante correspondiente, la autorización de frecuencia o que realice un servicio diferente para el que fue autorizado.
- La persona que conduzca un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo que conduce.
- Las personas que participen con vehículos a motor en competencias en la vía pública.
Sanción
Las personas que incumplan los literales 1,2 y serán sancionados con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez puntos en su licencia de conducir:
En el caso del número 1, no se aplicará la reducción de puntos. El vehículo solo será devuelto cuando se cancele el valor de la multa correspondiente y la persona propietaria del vehículo será solidariamente responsable del pago de esta multa.
Los conductores que incumplan con los literales 4,5 y 6 serán sancionados con dos SBU Ecuador 2020, reducción de diez puntos en su licencia de conducir y retención del vehículo por el plazo mínimo de siete días:
Contravención Art. 387
Todos los conductores que incumplan el art. 387 de las Ley de Tránsito del Ecuador serán sancionados con multa económica y reducción de puntos en su licencia de conducir. Esta es una contravención de segunda clase.
Infracciones
1. La o el conductor que ocasione un accidente de tránsito del que resulten solamente daños materiales, cuyos costos sean inferiores a dos salarios básicos unificados del trabajador en general.
2. La persona que conduzca con licencia caducada, anulada, revocada o suspendida, la misma que deberá ser retirada inmediatamente por el agente de tránsito.
3. La persona adolescente, mayor a dieciséis años, que posea un permiso de conducción que requiera compañía de un adulto que posea licencia y no cumpla con lo normado.
4. La o el conductor extranjero que habiendo ingresado legalmente al país se encuentre brindando servicio de transporte comercial dentro de las zonas de frontera.
5. La persona que conduzca transporte por cuenta propia o comercial que exceda el número de pasajeros o volumen de carga de capacidad del automotor. A las o los ciclistas y peatones, en los casos que corresponda, se los sancionará únicamente con la multa.
Sanción
Las contravenciones Ley de Tránsito del Ecuador art. 387 serán sancionados con multa del cincuenta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de nueve puntos en el registro de su licencia de conducir: