Contravenciones art. 388 Ley de Tránsito del Ecuador 2020

Estas contravenciones endrán una sanción económica del 40% del Sueldo Básico Unificado (SBU) 2020, y una reducción de siete (7) puntos del la licencia de conducir. Hay varias infracciones en las Contravenciones Art. 388 Ley de Tránsito del Ecuador 2019 que detallaremos a continuación.

Infracciones del art. 388

1. La o el conductor que detengan o estacionen vehículos en sitios o zonas que entrañen peligro, tales como: zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos y salidas de los mismos, túneles, así como el ingreso y salida de estos, zonas estrechas, de poca visibilidad, cruces de caminos, cambios de rasante, pendientes, o pasos a desnivel, sin tomar las medidas de seguridad señaladas en los reglamentos.

CONTRAVENCIONES ART. 388 LEY DE TRÁNSITO DEL ECUADOR 2019

2. La o el conductor que con un vehículo automotor o con los bienes que transporta, cause daños a la superficie de la vía pública.

3. La o el conductor que derrame en la vía pública sustancias o materiales deslizantes, inflamables o contaminantes, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.

4. La o el conductor que transporte material inflamable, explosivo o peligroso en vehículos no acondicionados para el efecto o sin el permiso de la autoridad competente y las o los conductores no profesionales que realizaren esta actividad con un vehículo calificado para el efecto.

5. La persona que construya o mande a construir reductores de velocidad sobre la calzada de las vías, sin previa autorización de la Agencia Nacional de Tránsito ANT o inobservando las disposiciones de los respectivos reglamentos.

6. Las personas que roturen o dañen las vías de circulación vehicular sin la respectiva autorización, dejen escombros o no retiren los desperdicios de la vía pública luego de terminadas las obras.

7. La o el conductor de un vehículo automotor que circule con personas en los estribos o pisaderas, baldes de camionetas, parachoques o colgados de las carrocerías de los vehículos.

8. La o el conductor de transporte público, comercial o independiente que realice el servicio de transporte de pasajeros y carga en cuyo vehículo no porte las franjas retroreflectivas previstas en los reglamentos de tránsito.

9. La o el conductor de transporte público o comercial que se niegue a brindar el servicio.

Consulta multas por la contravención art. 388

Si te multaron pero no recuerdas que infracción de tercera clase era, revisa las Contravenciones art. 388 ley de tránsito del Ecuador 2020, o también puedes consultar multas de tránsito Ecuador 2020 aquí encontraras las infracciones y sanciones que tienes.

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