A pesar de que esta restringida la circulación vehicular en Ecuador, de acuerdo al ultimo digito de la placa, se puede observar todavía tráfico en las vías principales del país. Cerca del 80% de vehículos deberían estar guardados en casa por día, pero esto no ha sido así. Por esa razón, muchas personas han recibido una sanción por por mal uso de salvoconducto en Ecuador 2020. Ya que están utilizando para otras actividades, y mas no para el fin del salvoconducto.
Salvoconductos emitidos en Ecuador
Desde el 17 de marzo que empezó a regirse la emisión de salvoconductos, se han emitido mas de 2 millones, claro que se solicitaron mas de 4 millones, pero no pasaron los filtros. Solo en Pichincha se habían aprobado mas de 300 mil salvoconductos.
Cabe recalcar que todo salvoconducto es entregado a personas o empresas que realizan actividades principales como venta o transporte de insumos de seguridad, alimentos o emergencias.
¿Para quienes son los salvoconductos?
Según el protocolo de obtención del salvoconducto, aplica al sector de exportaciones y cadenas logísticas, provisión de alimentos, de abastecimiento a supermercados, tiendas, abarrotes, fruterías, carnicerías, panaderías, mercados, farmacias, empresas de producción de empaques de alimentos, insumos de limpieza e higiene, almacenes de suministros de cadenas agrícolas y camaroneras, entre otros.
Pero muchas personas que no se dedican a ninguna de las actividades anteriores están obteniendo salvoconductos, es por eso la sanción. Sin embargo los choferes siguen circulando en días y horarios que no les corresponde.
Sanción y multa por la uso de salvoconducto
La sanción por por mal uso de salvoconducto en Ecuador 2020 es ecoómica y reducción de puntos. La multa por uso indebido del salvoconducto es del 30 % del SBU (Salario básico Unificado Ecuador) y la reducción de seis puntos en la licencia de conducir. Aparte de eso cuando los agentes de ANT detienen un vehículo con mal uso del salvoconducto, pueden llevarse retenido este vehículo a los patios de la Agencia Nacional de Tránsito.
Esta sanción se establece en las contravenciones art. 389 numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se impone al conductor que desobedezca las órdenes de los agentes de tránsito. Quienes incumplen la restricción vehicular cometen una contravención de cuarta clase.
La sanción es el pago de una multa equivalente al 30% del salario básico (es decir, USD 120) y la reducción de seis puntos en la licencia de conducir. Adicionalmente, la autoridad de tránsito procederá a la retención del vehículo. El conductor infractor deberá pagar el costo de la wincha y el pago por cada día de permanencia en el patio de tránsito.